Si generas ingresos publicando videos, haciendo streaming o colaborando con marcas en redes sociales, esos ingresos tributan igual que los de cualquier otra actividad económica. La diferencia es que las fuentes de ingreso son mas variadas y, por eso, mas fáciles de declarar mal sin darte cuenta.
Las fuentes de ingreso mas habituales
Antes de hablar de impuestos, conviene tener claro de donde puede venir el dinero, porque cada fuente tiene matices distintos:
- Monetización de plataforma (YouTube AdSense, TikTok Creator Fund, Twitch)
- Patrocinios y colaboraciones con marcas
- Afiliación (enlaces de Amazon, códigos de descuento)
- Donaciones de la comunidad (Twitch bits, Ko-fi, Patreon)
- Venta de merchandising propio
- Venta de productos digitales (presets, plantillas, cursos)
Que pasa con cada tipo de ingreso
- AdSense y plataformas (YouTube, TikTok) → Ingreso de actividad económica. Tributa en IRPF como autónomo.
- Patrocinios de marcas → Factura con IVA si el cliente esta en España o UE como empresa.
- Patreon, Ko-fi, donaciones → Ingreso de actividad económica, igual que cualquier venta.
- Merchandising propio → Venta de bienes. IVA según dónde resida el comprador.
- Afiliación (Amazon, etc.) → Comisión por intermediación. Tributa como actividad económica .
Lo que muchos creadores no saben
YouTube, Twitch y otras plataformas ya reportan datos de monetizacion a las autoridades fiscales de varios paises. Asumir que estos ingresos son anonimos es un error que cada año tiene menos margen
Como darte de alta correctamente
Si generas ingresos de forma habitual a través de contenido digital, lo correcto es darte de alta como autónomo en el epígrafe correspondiente del IAE antes de empezar a facturar. Muchos creadores empiezan monetizando de forma puntual y siguen sin regularizar su situación cuando los ingresos ya son recurrentes.
El alta se realiza mediante el modelo 036 o 037 en la Agencia Tributaria, y debe ir acompañada del alta correspondiente en la Seguridad Social como autónomo (RETA), salvo que se cumplan los requisitos para encuadrarse en otro régimen.
IVA en colaboraciones con marcas
Cuando facturas a una marca por una colaboración, el tratamiento del IVA depende de donde este establecida esa marca:
- Marca española: factura con IVA al 21% como cualquier servicio nacional
- Marca de otro país de la UE (empresa con NIF intracomunitario): factura sin IVA, con inversión del sujeto pasivo
- Marca fuera de la UE: factura sin IVA, como exportación de servicios
Gastos deducibles para un creador de contenido
Si tu actividad es la creación de contenido, una parte significativa del equipo y servicios que usas es gasto deducible:
- Cámara, micrófono, iluminación y equipo de grabación
- Software de edición y suscripciones a herramientas creativas
- Parte proporcional de internet y del espacio de la casa usado para grabar
- Desplazamientos relacionados con la creación de contenido
- Publicidad pagada para promocionar tu propio contenido o productos
Conclusión
Crear contenido es un trabajo, y como cualquier trabajo, genera obligaciones fiscales desde el primer euro recurrente que entra. Cuanto antes se regularice la situación, menos sorpresas hay después. En Securex Tax & Legal trabajamos con creadores de contenido, streamers e influencers que quieren tener su fiscalidad en orden sin perder tiempo en ello. Contacta con nuestro equipo si quieres revisar tu situación.
