por Securex | Feb 10, 2026 | Asesoramiento empresarial
La deducción de gastos es uno de los ámbitos donde más errores se concentran en la gestión fiscal de las empresas. En muchos casos no se trata de mala fe, sino de una interpretación incorrecta de qué se puede deducir, cómo debe justificarse y bajo qué condiciones.
El problema es que un gasto mal deducido no solo tiene impacto en el impuesto correspondiente, sino que suele convertirse en uno de los primeros puntos de revisión en una comprobación o inspección de Hacienda. Entender bien qué gastos son fiscalmente deducibles y cuáles generan riesgo es clave para evitar regularizaciones y sanciones innecesarias.
Requisitos generales de deducibilidad
Para que un gasto sea fiscalmente deducible no basta con que exista o se haya pagado. La normativa fiscal exige el cumplimiento simultáneo de varios requisitos básicos.
Un gasto será deducible cuando:
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Está vinculado a la actividad económica de la empresa.
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Está correctamente contabilizado.
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Está debidamente justificado con documentación válida.
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Está imputado al ejercicio correcto.
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No está expresamente excluido por la normativa fiscal.
El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos puede provocar que el gasto sea rechazado total o parcialmente en una revisión.
Gastos más cuestionados por Hacienda
Existen determinados tipos de gastos que, por su naturaleza, son objeto de un control más exhaustivo por parte de la Administración. No significa que nunca sean deducibles, pero sí que requieren un mayor nivel de justificación.
Entre los más habituales se encuentran:
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Gastos de vehículos (combustible, mantenimiento, leasing).
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Dietas, desplazamientos y gastos de representación.
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Gastos de restauración y atención a clientes.
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Gastos relacionados con vivienda o uso mixto.
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Retribuciones y gastos vinculados a socios y administradores.
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Servicios profesionales recurrentes sin contenido real acreditado.
En estos casos, Hacienda suele analizar no solo la factura, sino la realidad económica del gasto y su relación efectiva con la actividad empresarial.
La documentación mínima imprescindible
La factura es un elemento clave, pero no siempre suficiente. En muchos supuestos, especialmente en gastos sensibles, se exige una justificación adicional.
La empresa debe poder acreditar:
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La factura completa, correctamente emitida.
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El pago efectivo del gasto.
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La relación del gasto con la actividad.
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En su caso, el contexto o finalidad (reunión, proyecto, cliente, desplazamiento).
La ausencia de documentación complementaria es una de las principales causas de rechazo de gastos, incluso cuando el gasto es real.
Diferencia entre gasto contable y gasto fiscal
Uno de los errores más frecuentes es asumir que todo gasto contable es automáticamente deducible a efectos fiscales. Esto no siempre es así.
Un gasto puede:
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Ser contable, pero no fiscalmente deducible.
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Ser deducible solo parcialmente.
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Requerir ajustes extracontables en el Impuesto sobre Sociedades.
Esta diferencia es especialmente relevante en:
No distinguir correctamente entre gasto contable y fiscal puede distorsionar el resultado fiscal y generar ajustes posteriores.
Consecuencias de una deducción incorrecta
Deducir gastos que no cumplen los requisitos no suele quedar en una simple corrección. Las consecuencias pueden ser relevantes.
Entre las más habituales:
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Regularización de la base imponible.
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Intereses de demora.
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Sanciones económicas que pueden alcanzar porcentajes elevados.
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Incremento del riesgo de inspecciones futuras.
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Pérdida de credibilidad fiscal ante la Administración.
Además, cuando los errores son reiterados, Hacienda suele interpretar una falta de criterio fiscal claro, lo que aumenta el nivel de exigencia en futuras comprobaciones.
La importancia de definir criterios desde el inicio
Uno de los mayores problemas en la deducción de gastos no es el gasto en sí, sino la ausencia de criterios claros y homogéneos dentro de la empresa.
Definir desde el inicio:
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Qué gastos se deducen y cuáles no.
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Qué documentación se exige internamente.
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Cómo se clasifican determinados conceptos.
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Qué gastos requieren revisión previa.
permite reducir riesgos, ganar coherencia fiscal y facilitar el control interno.
Un enfoque preventivo frente a uno reactivo
La gestión de gastos deducibles no debería abordarse solo cuando llega una inspección o un requerimiento. Un enfoque preventivo, basado en revisión periódica y criterio fiscal, permite detectar errores a tiempo y corregirlos con menor impacto.
La diferencia entre una empresa que deduce gastos “por costumbre” y otra que lo hace con criterio suele notarse cuando Hacienda revisa la contabilidad.
Conclusión: deducir bien es tan importante como deducir
Deducir gastos no consiste en maximizar deducciones sin control, sino en hacerlo correctamente. La deducción indebida suele generar más costes que beneficios cuando se analiza el impacto global.
Un sistema claro, documentado y coherente en materia de gastos deducibles es una de las bases de una fiscalidad sólida y sostenible para cualquier empresa.
por Securex | Feb 5, 2026 | Asesoramiento empresarial
El comienzo del año fiscal suele vivirse en muchas empresas como un periodo de transición: se cierran números del ejercicio anterior, se retoma la actividad con intensidad y se prioriza la operativa diaria. Sin embargo, desde el punto de vista fiscal, enero y febrero son meses especialmente sensibles. Las decisiones que se toman en este momento y también las que se posponen suelen marcar el rumbo del ejercicio completo.
La experiencia demuestra que gran parte de los problemas fiscales que afloran a final de año no nacen en diciembre, sino en los primeros meses, cuando se fijan criterios que después se repiten de forma automática trimestre tras trimestre.
Decisiones de enero y febrero con impacto durante todo el año
A inicio de ejercicio se establecen muchas dinámicas que luego se consolidan sin apenas revisión. La forma de facturar, el criterio aplicado al IVA, el tratamiento de determinados gastos o la política de retribuciones suelen definirse al empezar el año y mantenerse por inercia.
El problema aparece cuando esas decisiones no se toman con una visión fiscal global. Un criterio incorrecto aplicado desde enero no es un error aislado: se replica de forma continuada y genera un impacto acumulado que, cuando se detecta, resulta difícil y costoso de corregir.
Además, muchas empresas toman decisiones operativas sin evaluar su efecto fiscal a medio plazo, lo que provoca desajustes entre contabilidad, fiscalidad y realidad económica.
Errores frecuentes en IVA que se arrastran todo el ejercicio
El IVA es uno de los impuestos donde más se nota el efecto “bola de nieve” de los errores de inicio de año. Aplicar mal un criterio desde el primer trimestre suele implicar repetir el fallo durante meses.
Entre las situaciones más habituales se encuentran:
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Aplicación incorrecta de tipos de IVA en operaciones recurrentes.
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Deducción de cuotas sin revisar si se cumplen todos los requisitos formales.
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Falta de revisión de cambios normativos o de criterio administrativo.
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Errores en operaciones mixtas o con prorrata.
Cuando estos errores se mantienen en el tiempo, el riesgo no es solo económico, sino también sancionador, ya que Hacienda suele valorar negativamente la reiteración de criterios incorrectos.
Retenciones mal planteadas desde el inicio
Las retenciones constituyen otro foco habitual de problemas cuando no se revisan adecuadamente al comenzar el año. En muchos casos se aplican porcentajes por inercia, sin comprobar si siguen siendo correctos en función de la situación real de la empresa o de las personas afectadas.
Esto ocurre especialmente en:
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Retribuciones de administradores y directivos.
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Pagos a profesionales y colaboradores habituales.
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Arrendamientos y otros rendimientos sujetos a retención.
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Sistemas de retribución variable o en especie.
Un error en retenciones no solo afecta al impuesto correspondiente, sino que puede generar incoherencias entre modelos trimestrales y resúmenes anuales, aumentando la probabilidad de comprobaciones.
Estructura de gastos definida sin criterio fiscal claro
El inicio del ejercicio también es clave para establecer cómo se registran y deducen los gastos. Cuando no existe un criterio fiscal bien definido desde el principio, aparecen problemas que se repiten durante todo el año.
Algunos ejemplos habituales:
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Gastos deducidos sin suficiente justificación documental.
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Mezcla de gastos personales y empresariales.
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Clasificación incorrecta de determinados conceptos.
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Falta de coherencia entre el criterio contable y el fiscal.
Una estructura de gastos mal planteada desde enero no solo incrementa el riesgo fiscal, sino que dificulta la toma de decisiones empresariales basadas en datos fiables.
El coste real de dejar la revisión para más adelante
Uno de los patrones más repetidos en la gestión fiscal es la tendencia a posponer decisiones clave. La idea de que “ya se revisará más adelante” suele generar una falsa sensación de control.
En la práctica, revisar tarde implica:
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Menor margen legal para corregir.
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Acumulación de errores durante varios trimestres.
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Mayor impacto económico en caso de regularización.
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Incremento del riesgo sancionador.
La fiscalidad no funciona como un ajuste de última hora. La mayor parte de las decisiones relevantes ya están tomadas cuando llega el último trimestre.
Empezar el año con criterio fiscal claro: una ventaja estratégica
Definir criterios fiscales claros desde el inicio permite a la empresa:
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Alinear contabilidad y fiscalidad.
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Anticipar el resultado del ejercicio con mayor fiabilidad.
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Reducir riesgos innecesarios.
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Tomar decisiones con información real y no solo contable.
Más allá del cumplimiento, se trata de ganar control y previsión. Las empresas que trabajan con una visión fiscal desde el principio del año no solo reducen riesgos, sino que mejoran su capacidad de planificación y gestión.
Una cuestión de método, no de urgencias
Los errores fiscales más costosos rara vez responden a decisiones complejas. En la mayoría de casos tienen su origen en la falta de revisión y criterio en los primeros meses del ejercicio.
Empezar el año con una base fiscal sólida no es una cuestión de urgencia, sino de método. Y ese método es el que marca la diferencia entre una fiscalidad reactiva y una fiscalidad bien gestionada.
por Securex | Feb 2, 2026 | Asesoramiento empresarial
La creación de una holding familiar es una de las herramientas más utilizadas en la planificación fiscal y patrimonial de empresas familiares. Sin embargo, también es una de las más mal entendidas. No se trata solo de “crear otra sociedad”, sino de diseñar una estructura jurídica y fiscal coherente, alineada con los objetivos empresariales, patrimoniales y sucesorios de la familia.
Cuando se crea correctamente, una holding familiar puede aportar eficiencia fiscal, protección patrimonial y mayor control del grupo empresarial. Cuando se hace sin planificación, puede generar riesgos fiscales, inspecciones y pérdida de beneficios.
¿Qué es una holding familiar?
Una holding familiar es una sociedad cabecera cuya función principal es poseer participaciones en una o varias sociedades operativas del grupo familiar.
Es importante entender que la holding:
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No suele desarrollar una actividad productiva directa.
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Actúa como sociedad matriz que controla, organiza y coordina el grupo.
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Centraliza decisiones estratégicas, patrimoniales y, en muchos casos, sucesorias.
Desde el punto de vista fiscal y mercantil, la holding permite ordenar la estructura empresarial, separar riesgos y facilitar la planificación a medio y largo plazo.
¿En qué casos tiene sentido crear una holding familiar?
No todas las empresas necesitan una holding. Crear una estructura de este tipo solo tiene sentido cuando existe una realidad empresarial o patrimonial que lo justifica.
Suele ser recomendable en casos como:
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Empresas familiares con varias sociedades operativas.
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Negocios que reinvierten beneficios de forma recurrente.
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Familias empresarias que quieren planificar la sucesión con antelación.
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Situaciones en las que se desea proteger el patrimonio frente a riesgos operativos.
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Procesos de crecimiento, diversificación o incorporación de nuevas generaciones.
Crear una holding “por moda” o sin una finalidad clara suele ser un error que acaba generando más problemas que ventajas.
Beneficios fiscales de una holding familiar
Régimen de exención de dividendos y plusvalías
Uno de los principales atractivos fiscales de una holding es la aplicación del régimen de exención del Impuesto sobre Sociedades en dividendos y plusvalías procedentes de sociedades participadas.
Cuando se cumplen los requisitos legales:
Esto permite reorganizar beneficios dentro del grupo sin una tributación inmediata elevada.
Optimización de la reinversión de beneficios
La holding facilita que los beneficios generados por las sociedades operativas:
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Se concentren en la sociedad matriz.
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Se reinviertan en nuevos proyectos, inmuebles o empresas.
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Se gestionen con una visión patrimonial y estratégica.
De este modo, se evita una tributación directa en el ámbito personal del socio hasta que realmente se produce una extracción de rentas.
Beneficios de control patrimonial y empresarial
Más allá del aspecto fiscal, la holding familiar aporta orden, control y protección.
Entre los beneficios más relevantes destacan:
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Separación entre actividad operativa y patrimonio.
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Mayor control en la toma de decisiones estratégicas.
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Facilidad para regular la entrada de familiares o terceros.
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Mejora de la gobernanza del grupo empresarial.
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Base sólida para protocolos familiares y pactos entre socios.
En empresas familiares, este control es clave para evitar conflictos y garantizar la continuidad del negocio.
Requisitos legales y fiscales para una correcta estructuración
Para que una holding familiar funcione correctamente y no pierda sus beneficios, es imprescindible cumplir ciertos requisitos legales y fiscales.
Entre los más relevantes:
Participación mínima y permanencia
Actividad real y medios adecuados
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Aunque no sea operativa, la holding debe tener una mínima estructura real.
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Dirección, toma de decisiones y funciones de gestión deben estar justificadas.
Correcta documentación
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Contratos intragrupo bien definidos.
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Retribuciones ajustadas a valor de mercado.
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Operaciones vinculadas correctamente documentadas.
Una holding sin sustancia económica real puede ser cuestionada por la Administración.
Errores habituales al crear una holding familiar
Crear la holding sin un objetivo claro
Uno de los errores más frecuentes es crear una holding “porque fiscalmente conviene” sin analizar si realmente encaja con la estructura del negocio.
No coordinar fiscalidad, mercantil y sucesión
La holding debe formar parte de una estrategia global, no solo fiscal. Si no se coordina con la sucesión o el gobierno familiar, pierde gran parte de su sentido.
Ignorar las obligaciones fiscales y documentales
Muchas estructuras fallan por:
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No documentar operaciones vinculadas.
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No justificar funciones reales.
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Utilizar la holding solo como vehículo pasivo.
Esto aumenta el riesgo de inspecciones y regularizaciones.
Conclusión: la holding como herramienta, no como solución automática
Una holding familiar bien estructurada puede ser una herramienta muy potente para optimizar fiscalmente, proteger el patrimonio y ordenar la empresa familiar. Pero no es una solución estándar ni automática.
Cada caso requiere:
La clave no está en crear una holding, sino en crear la holding adecuada para cada realidad empresarial.
por Securex | Ene 5, 2026 | Asesoramiento empresarial
A medida que se acerca 2026, el panorama fiscal en España presenta una serie de cambios relevantes para empresas, autónomos y profesionales. Aunque la falta de Presupuestos Generales del Estado limita reformas profundas en los primeros meses, sí existen actualizaciones normativas y obligaciones tributarias que conviene anticipar.
En este artículo analizamos las principales novedades fiscales para 2026, por qué son importantes y qué pueden hacer las organizaciones para adaptarse a tiempo.
1. El panorama general para 2026
El año 2026 comienza sin Presupuestos aprobados, pero con medidas fiscales aprobadas en el último Real Decreto‑Ley del año anterior. Algunas de ellas son prórrogas de beneficios existentes, ajustes en cotizaciones y cambios en mecanismos de control tributario que impactarán tanto a empresas como a profesionales.
2. Verifactu: qué pasa con la factura verificable
Una de las cuestiones más comentadas es la entrada en vigor del sistema VeriFactu, un nuevo mecanismo que la Agencia Tributaria pretende implantar para reforzar la integridad y trazabilidad de las facturas.
Inicialmente previsto para 2026, el Gobierno ha decidido retrasar su obligación hasta 2027 para las pymes y autónomos, a través de un Real Decreto‑Ley de final de año. Con esta modificación:
Aunque este aplazamiento da más margen, no elimina la obligación: los contribuyentes deberán adaptar sus sistemas de facturación, software y procedimientos para emitir facturas con un formato inalterable y un código QR que permita ver datos fiscales directamente desde la Agencia Tributaria.
¿Qué implica esto para tu empresa?
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Revisar y/o sustituir tus sistemas de facturación actuales.
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Comprobar que cumplen requisitos técnicos y reglamentarios.
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Preparar la migración y formación interna durante 2026.
👉 Consejo: aprovecha este año extra para adaptar procesos sin prisa y evitar sanciones costosas más adelante.
3. Recargo del Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI)
En materia de cotizaciones, el Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), que tiene por objetivo reforzar el fondo de reserva de pensiones, experimentará un aumento.
A partir del 1 de enero de 2026:
▪ El recargo total sobre la base de cotización pasará al 0,9%.
▪ De ese porcentaje, 0,75% lo asume la empresa y 0,15% el trabajador.
Este incremento tiene un impacto directo en las nóminas y coste laboral, tanto para empresas como para empleados.
4. Sistema Bizum y control fiscal
Otra novedad importante, especialmente para profesionales y pymes que utilizan pagos electrónicos, es el cambio en la regulación de Bizum y otras formas de pago digital.
A partir de 2026, las entidades financieras deberán reportar mensualmente a la Agencia Tributaria los movimientos vinculados a actividades económicas, con independencia de su importe individual. Esto supone:
📌 Un mayor control sobre pagos recurrentes o habituales que antes no se notificaban.
📌 Menor umbral de reporte para Bizum y otros métodos digitales.
📌 Mayor disponibilidad de datos financieros para la AEAT.
Este cambio no significa que Hacienda “vigile pagos personales”, sino que refuerza la transparencia en las operaciones vinculadas a la actividad profesional o empresarial.
5. Beneficios fiscales prorrogados y otros cambios
Aunque no todos los cambios son estrictamente nuevos, sí hay medidas vigentes que se mantienen y pueden afectar la planificación fiscal:
5.1. Estimación objetiva del IRPF
El sistema de estimación objetiva (módulos) para IRPF se mantiene con una reducción del 5% sobre el rendimiento neto para determinados sectores como agricultura, transporte y comercio minorista.
5.2. Prestación por desempleo
La obligación de presentar la declaración de la renta de quienes perciben prestaciones o subsidios por desempleo no se ampliará en 2026, como estaba previsto inicialmente.
5.3. Beneficios para pymes en el Impuesto sobre Sociedades
Las pymes y empresas de nueva creación contarán con tipos reducidos:
● Entre 21% y 24% frente al tipo general.
● 15% para nuevas compañías con actividad positiva en los dos primeros ejercicios.
6. Impuesto sobre Plusvalías y vivienda
El último Real Decreto‑Ley también aborda ajustes en el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos (plusvalía municipal), con nuevos coeficientes que buscan limitar la especulación en la compraventa de vivienda.
Estos coeficientes se aplican de forma progresiva según el tiempo transcurrido entre la compra y la venta de un inmueble, lo cual puede afectar a propietarios y sociedades que realicen operaciones en plazos cortos.
7. Claves para anticiparse y planificar tu fiscalidad en 2026
Ante este conjunto de novedades, es fundamental actuar con antelación. Aquí algunas recomendaciones:
✔ Realiza un diagnóstico fiscal y contable antes de finalizar 2025.
✔ Revisa tus sistemas de facturación y pagos digitales.
✔ Evalúa el impacto del MEI y los costes laborales.
✔ Planifica inversiones o deducciones antes de nuevos cambios legislativos.
✔ Consulta con un equipo experto para diseñar la estrategia más eficiente para tu caso.
Conclusión
El año fiscal 2026 trae consigo un escenario mixto: pocas reformas profundas, pero varias medidas importantes que afectan a la gestión cotidiana de empresas y autónomos. Desde la adaptación a nuevos sistemas como VeriFactu hasta el fortalecimiento del control de pagos electrónicos, pasando por cambios en cotizaciones y beneficios fiscales, la planificación anticipada es clave para minimizar riesgos y aprovechar oportunidades.
En Securex Tax & Legal te acompañamos para traducir todas estas novedades en ventajas competitivas, diseñando estrategias fiscales y legales adaptadas a tu realidad y objetivos.
Fuente: eldiario.es